EL UNIVERSAL
CIUDAD DE MÉXICO
La visa es un documento que permite a cualquier extranjero entrar o residir en el país por un tiempo determinado, el cual sirve para regular el ingreso de las personas, regularmente suele adjuntarse junto al pasaporte y es emitida por el país de destino.
Sin embargo, en ocasiones puede ser que se requiera de una visa especial cuando se trata de una oferta de empleo en otro país.
La visa de empleo es un trámite que permite a un extranjero trabajar legalmente en un país, esta cambiará dependiendo de la estancia requerida ya sea de menos de 180 días o mayor a ese tiempo.
En México, el Instituto Nacional de Migración (INM) es el organismo encargado de tramitar las visas. Para obtenerla, se requiere que la empresa o persona que contrata al extranjero presente una solicitud.
De acuerdo con la Secretaría de Relaciones Exteriores, la visa de Residencia Temporal con permiso para realizar actividades remuneradas se otorga a personas extranjeras que viajarán a México.
Como primer punto, los extranjeros deberán contar con una oferta de trabajo preautorizada con oficio de autorización (NUT) del Instituto Nacional de Migración (INM) y que su estancia vaya a ser superior a 180 días y no mayor a 4 años.
En caso de que el tiempo sea menor a 180 días, el Consulado podrá expedirle una Visa, sin embargo, su empleador deberá solicitar una visa como visitante con actividades remuneradas.
La vigencia de autorización es de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente en que el promovente sea notificado sobre la procedencia de la entrevista consular.
Para solicitarla, necesitarás la siguiente documentación:
- Original y copia de la identificación oficial vigente de la persona física o del representante legal de la persona moral, dependencia pública u órgano desconcentrado, organismo descentralizado, empresa de participación estatal o fideicomiso público, Embajada o Consulado de un país con representación en México, en caso de que se trate de mexicano, o tarjeta de residencia vigente en caso de que se trate de una persona extranjera.
- Que la persona extranjera para la que se requiere la visa no cuente con una solicitud de visa de residencia temporal o de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, solicitada al Instituto por oferta de empleo pendiente de resolución.
- Original de la oferta de empleo en papel membretado en la que señale la ocupación que desarrollará la persona extranjera conforme a la clasificación del Sistema Nacional de Clasificación de Ocupaciones o el que en su momento sustituya a este, temporalidad requerida, lugar de trabajo, y monto de la remuneración.
- Copia de la constancia de inscripción del empleador ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
- Copia legible del pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido conforme al derecho.
- Pago de los derechos en efectivo por la emisión de visa.
Los trámites deberás realizarlos en la página de la SRE y el formato lo obtendrás en la página de migración.