24 de Noviembre de 2024
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Exregidor porteño se ampara contra orden de aprehensión por el caso de la Torre Centro

 

 

 

 

 

JOSÉ JUAN GARCÍA/AVC NOTICIAS

VERACRUZ

El exregidor tercero del ayuntamiento de Veracruz, Ángel Fernando Maldonado Rodríguez, solicitó la protección de la justicia federal en contra de una probable orden de aprehensión o de comparecencia girada por el jueza de Control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral, titular de la Sala “D”, con residencia en esta ciudad, por el supuesto delito de abuso de autoridad cometido en agravio del correcto funcionamiento de la administración pública, caso que está relacionado con la construcción de la Torre Centro.

La demanda de amparo solicitada por Maldonado Rodríguez quedó radicada en el Juzgado Sexto de Distrito, con residencia en la ciudad de Boca del Río, con el número de juicio 913/2024.

“Del escrito de demanda de amparo se aprecia que la parte quejosa señaló como autoridades responsables a un juez de Control, así como autoridades dependientes de la Policía Ministerial del Estado de Veracruz, de quienes reclama un acto privativo de su libertad; por tanto, se tienen como actos reclamados de cada autoridad, los siguientes: De los jueces de Control: La orden de aprehensión y/o comparecencia. De la restante autoridad: La ejecución de dichas órdenes”, se especifica en el acuerdo del Juzgado Sexto de Distrito publicado este miércoles.

El juez federal concedió la suspensión provisional al ex edil porteño respecto a la orden de aprehensión y/o comparecencia para evitar que se ejecuten hasta en tanto se resuelva si se le otorga la suspensión definitiva.

Según el acuerdo del juez federal, la suspensión surte efecto para que el exregidor tercero del ayuntamiento de Veracruz no sea detenido, ya que éste quedará a disposición del juzgado de amparo en cuanto hace a su libertad personal mientras tal medida se encuentre vigente.

No obstante, se precisa que la medida cautelar concedida no impedirá que se prive de la libertad a Ángel Fernando Maldonado Rodríguez en el caso de que los actos reclamados sean otros o si existe una orden de captura que se hubiera emitido posteriormente a la demanda de la protección de la justicia federal.

De igual, se precisa que, de tratarse el proceso o carpeta de investigación sobre delitos de prisión preventiva oficiosa, la suspensión solo producirá el efecto de que Maldonado Rodríguez, una vez cumplida la orden restrictiva de libertad, quede a disposición del Juzgado Sexto de Distrito en cuanto a su libertad personal en el lugar en donde sea recluido y a disposición de la autoridad a la que corresponde conocer el procedimiento penal para los efectos de su continuación.

El juez federal fijó una garantía de dos mil pesos para que la suspensión provisional surta sus efectos, la cual deberá depositar en un plazo de cinco días.

Por otra parte, el juez federal otorgó un plazo de cinco días al ex edil porteño para que se presente ante la autoridad que lo requiere -una vez que ésta confirme que hay una orden de aprehensión y/o de comparecencia girada en su contra- para efecto de que se le instruya el proceso o carpeta de investigación correspondiente.

Ángel Fernando Maldonado Rodríguez deberá notificar al Juzgado Sexto de Distrito que cumplió con la presentación ante la jueza de Control del Juzgado de Proceso y Procedimiento Penal Oral en un plazo no mayor a tres días posteriores a su comparecencia.

“En caso de incumplimiento por parte del incidentista (Ángel Fernando Maldonado Rodríguez), dejará de surtir efectos la suspensión aquí obsequiada, quedando expeditas las facultades de las autoridades responsables”, se le advierte al exregidor porteño.

Cabe mencionar que la fiscal tercera adscrita a la Fiscalía de Investigaciones Ministeriales pretende ejercer acción penal e imputación en contra de ex autoridades municipales de Veracruz, entre los que figuran dos exalcaldes, un exsíndico, exregidores y exdirectores de Obras Públicas, por los probables delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de un deber legal cometidos supuestamente en agravio del correcto funcionamiento de la administración pública.


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