ISABEL ORTEGA/AVC
XALAPA
Todas las dependencias centralizadas y entidades paraestatales, los poderes públicos y los organismos autónomos y demás entes que no gasten al 100% el presupuesto etiquetado en el ejercicio fiscal, deberán reintegrar a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan).
Lo anterior, dada la aprobación de las modificaciones al Código Financiero y reformas al Código de Procedimientos Administrativos, realizada en el Congreso local.
Las dependencias tendrán un plazo de 10 días hábiles, durante el mes de enero del siguiente año, para regresar los recursos públicos estatales que no hayan sido aplicados. En la actualidad, ese dinero lo guardan las dependencias y lo suman al nuevo ejercicio fiscal, como ahorros o economías.
Los cambios también los obligan a devolver los recursos que se relacionan con la asignación de los bienes mostrencos, de los créditos que tengan a su favor, de las asignaciones aprobadas en sus respectivos presupuestos anuales, ya que no podrán utilizarlos para otros fines, salvo que cuenten con autorización la correspondiente.
De la misma forma, queda prohibido realizar erogaciones al final del ejercicio con cargo a ahorros y economías del Presupuesto de Egresos que tengan por objeto evitar el reintegro de los recursos a la dependencia.
En el documento se establece que el incumplimiento a las disposiciones dará lugar a las responsabilidades administrativas, así como a la actualización de los delitos contra el servicio público establecidos en el Código Penal del Estado.