24 de Mayo de 2025
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Casas de empeño no podrán aumentar su tasa de interés 

 

 

 

 

Advierte Procuraduría Federal del Consumidor.

Isabel Ortega/AVC

Xalapa

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) dio a conocer los lineamientos para permitir la operación de casas de empeño en plena contingencia sanitaria, que obliga a no incrementar el interés por los préstamos y determina el catálogo de artículos que se podrán dejar como prenda.

El documento publicado en el Diario Oficial de la Federación establece que las casas de empeño realizan una actividad esencial, al ser una fuente de financiamiento que permite a la población que no tiene acceso a los servicios financieros obtener recursos inmediatos para solventar sus necesidades económicas.

Las casas de empeño podrán continuar funcionando exclusivamente para la atención de empeño, refrendo y desempeño de las prendas evitando la enajenación de estas; solamente se podrán vender aquellas que se consideren fundamentales para el funcionamiento de otros sectores esenciales de la economía.

Las casas de empeño deberán observar todas las medidas de prevención para evitar la propagación y contagio del virus SARSCoV2, emitidas por la Secretaría de Salud, evitando en todo momento la concentración de personas en sus establecimientos.

Dentro del listado de artículos que pueden recibir son aparatos electrónicos y tecnológicos como pantallas, computadora, laptops, tabletas electrónicas, impresoras y teléfonos celulares, entre otros, que sean esenciales para desarrollar actividades laborales y escolares.

También puede recibir aparatos electrodomésticos como estufas, lavadoras, secadoras de ropa, refrigeradores, microondas, esenciales para las necesidades básicas en el hogar. Así como herramientas como taladros, martillos, rotomartillo, y todas aquellas necesarias para el trabajo.

Los lineamientos establecen que no se podrá incrementar injustificadamente los intereses, costos y comisiones en las operaciones de empeño con los consumidores por la contingencia sanitaria.

Las casas de empeño implementarán las medidas necesarias para que los derechos e intereses de los consumidores no se vean afectados, otorgando facilidades y prórrogas en las operaciones de refrendo y desempeño y en su caso, el diferimiento de la etapa de venta a razón de las facilidades que sean brindadas, haciéndolo del conocimiento de los pignorantes, mediante las vías que cada casa de empeño estime pertinentes.