Redacción. Ciudad de México. El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) deberá buscar y dar a conocer información respecto al pago de cuotas que la Comisión Municipal de Aguas y Saneamiento (CMAS) de Coatzacoalcos, efectuó a favor de sus servidores públicos.
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (NAI) ordenó que se informe las altas y bajas de trabajadores de la CMAS ante el Infonavit.
Con base en una relación previamente proporcionada por el particular, deberá informar si los servidores públicos enlistados han sido dados de alta ante el sujeto obligado, así como la fecha en la que se dejaron de aportar cuotas a favor de los mismos.
Al exponer el asunto ante el Pleno, el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas destacó que en este caso, el derecho de acceso a la información garantiza el ejercicio de otro derecho, el de tener una vivienda digna.
“De cómo este derecho, es un derecho plataforma para el ejercicio, o para el punto de partida de otro derecho, otros le llaman “derecho llave”, que pone en germinación el ejercicio de otro derecho, en este caso, el de la vivienda”, puntualizó.
En respuesta a un particular que solicitó esa información, el Infonavit inicialmente se declaró incompetente para conocer de lo requerido, por lo que orientó al particular a recurrir ante la Comisión Municipal de Agua potable y Saneamiento de Coatzacoalcos.
Inconforme, el particular presentó recurso de revisión ante el INAI.
En alegatos, el Infonavit modificó su respuesta original y aludió al artículo 69 del Código Fiscal de la Federación para sustentar la clasificación de la información, por el secreto fiscal.
En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Acuña Llamas, expuso que el Código Fiscal no resulta aplicable, toda vez que el sujeto obligado cuenta con el artículo 31 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, que alude al secreto fiscal.
Se explicó que si bien dicho artículo determina que los documentos, datos e informes que los trabajadores, patrones y demás personas proporcionen a ese Instituto en cumplimiento de sus obligaciones, serán estrictamente confidenciales y no podrán comunicarse o darse a conocer en forma nominativa e individual, en este caso hay una excepción, toda vez que la Comisión Municipal de Aguas y Saneamiento de Coatzacoalcos, que actúa en calidad de patrón frente al sujeto obligado, utiliza recursos públicos.
En ese sentido, ordenaron la entrega de la información sobre las cuotas que debió aportar la CMAS de Coatzacoalcos
la ponencia estimó que el Infonavit vulneró el derecho de acceso a la información del particular, toda vez que cuenta con la Dirección General y la Subdirección General de Recaudación Fiscal, competentes para conocer de lo requerido.
Por lo anterior, a propuesta del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, el Pleno del INAI revocó la respuesta del Infonavit y le instruyó a buscar y entregar la información completa.