Redacción. Xalapa, Ver. El pleno legislativo aprobó con 24 votos a favor y 14 abstenciones, la Ley que regula el Servicio de Recolección de Limpia Pública, en armonización con las leyes existentes en la materia, y sentó las bases para que los municipios elaboren sus reglamentos.
La ley contempla multas de 20 a 50 días de salario mínimo para los ciudadanos que incumplan su contenido o generen daño ambiental con motivo de sus actos u omisiones, así como la suspensión temporal o cancelación del permiso o licencia de establecimientos, sobre todo cuando sean reincidentes.
Esta norma está integrada por ocho títulos e incluye disposiciones generales en materia de distribución de competencias y responsabilidades, separación y barrido de basura; recolección y transporte, destino final, derechos y obligaciones de los trabajadores del servicio de Limpia Publica, infracciones y sanciones.
El autor de la ley, el diputado Antonino Baxzi Mata, advirtió que Veracruz ocupa el cuarto lugar de las entidades que más recoge residuos en el país, con un 5.2%, lo que obliga a que en la entidad cuente con lugares de destino final, con buena infraestructura y una población organizada y capacitada que pueda realizar la tarea de limpia pública adecuadamente.
El Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Medio Ambiente, debe realizar programas y promover la capacitación de personas, sindicatos y organizaciones de todos los sectores, a fin de contribuir en el mejoramiento del medio ambiente y manejo adecuados de los desechos sólidos.
Los Ayuntamientos deberán diseñar y construir programas concernientes al medio ambiente, pero sobre todo realizar sus propios Reglamentos de limpia pública, de acuerdo con sus necesidades, apegados siempre a este marco normativo.
Durante la sesión, el pleno legislativo aprobó una moción suspensiva que presentó el diputado Octavio Pérez Garay y devolvió a las comisiones Permanente Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, y de Organización Política y Procesos Electorales, el dictamen que adiciona el Libro Sexto referente al voto de los veracruzanos en el extranjero, comprendido de 12 artículos y un título único al Código Electoral del Estado de Veracruz.