* Asuntos de carácter agrario pretenden ser resueltos en ministerio público
* Desconocimiento e incompetencia pudieran ser las causales, dicen abogados
Miguel Bautista
Al parecer la incompetencia y nula preparación en el nuevo sistema de justicia penal acusatorio pudiera ser causal de distintas confusiones de las dependencias encargadas de impartir justicia, pues asuntos de distintos caracteres y procedencias pretendieran ser atendidos por servidores públicos que abusan de su carácter como representantes de la justicia o por un desconocimiento y nula preparación de estas modificaciones.
La queja 3/2015 presentada formalmente en la Fiscalía del Estado con fundamentos en la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado, por el grupo de litigantes señala directamente a Rogelio Reyes Pérez y Aldo N. Portilla Zárate, quienes fungieron como agente primero del Ministerio Público Investigador y secretario cuando se suscitó dicha omisión de hechos y actuaciones, así como los demás funcionarios públicos adscritos a dicho órgano jurisdiccional que resulten responsables por notoria ineptitud o descuido en el desempeño de sus deberes, señala Julio César Palestina, responsable de un bufete jurídico en la ciudad.
El representante de dicho despacho en calidad de defensoría particular expone que desde el 5 de febrero fue presentada una denuncia en dicho órgano con inicio de averiguación ministerial 38/2015/MTZ/IV, y aunque los inculpados denunciaron que por tratarse de conflictos agrarios dicho órgano no es competente ni por territorio ni por materia de este tipo de situaciones fueron citados a comparecer, aunque tratándose de asuntos agrarios por disposición de la carta magna los encargados de resolver dichos conflictos son los tribunales agrarios, además de sumarse otro hecho relevante, pues la controversia se suscitó dentro del ejido Pompeya del municipio de Atzalan, el cual no pertenece al distrito judicial de Martínez de la Torre.
Se relata además que con fecha 27 de mayo dentro de dicha investigación ministerial se dicta una determinación de nulidad la cual fue notificada, por lo que el jueves 28 de mayo con la idea de que ya se había vencido el término para interponer el recurso de queja correspondiente, y aunque se cercioró de todas las formas posibles que no existía ninguna determinación ni anexos de notificaciones no se pudo avalar dicha terminación, pues quien recibió dicha documentación ya había sido transferido a su nuevo puesto, por lo que seguiría abierta dicha investigación.
Ejemplifican que pretende cometerse una injusticia cuando se tienen copias de la primera determinación, “estamos poniendo aquí a la vista irregularidades dentro del nuevo sistema de justicia, estamos poniendo en evidencia el actuar del secretario del Ministerio Público, quien mañosamente pretende obrar de una mala manera al igual que algunos otros más por omitir dichas responsabilidades.
Dicha denuncia se debió haber desechado por incompetencia, porque actúa como una autoridad ejidal en primera y no se reúnen los requisitos de ley, siendo el tribunal agrario el que debió llevar este caso, por lo que se pudiera prestar a especulaciones de todo tipo, sobre todo al iniciarse una nueva etapa dentro de los marcos legales y con este tipo de hechos solo dan al traste con estos lineamientos.
Finalmente ejemplificó que no deben darse este tipo de descuidos o situaciones, toda vez que a raíz de ellas se pudiesen violentar los hechos de una persona inocente y por caprichos personales pudiesen cometerse injusticias severas, con lo que estos casos deben ser expuestos a la opinión pública para que no se cometan violaciones e inicien bien las nuevas modificaciones marcadas en el nuevo sistema de justicia penal acusatoria.