1 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Mtz.- Aún falta legislar sobre matrimonio igualitario

* Jurisprudencia significa paso importante en la consecución de derechos

Miguel Bautista

Luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinara que son inconstitucionales los códigos civiles de los estados que consideran únicamente al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, autoridades civiles reiteran que dan un paso importante en el criterio de aplicación que se pudiera dar en todo el país, albergando el inicio de los derechos de un sector de la población numeroso como lo es la comunidad LGBTTTI, por lo que solo faltaría que las legislaturas modifiquen ciertos aspectos para que se lleven a cabo uniones de este tipo.

José Luis Aguilar, director del Registro Civil en Martínez de la Torre, fue claro al decir que no podría considerarse “matrimonio” a la unión de dos personas del mismo sexo, pues la raíz etimológica de dicha palabra, proviene del verbo matriz, o procreación, sin embargo ve factible la unión de dos seres para los mutuos intereses que a ellos convengan.

Afirmó que en caso de que algunos de estos personajes intentaran hacer válidos estos derechos en cualquier parte de nuestro estado tendrían que hacer uso de la jurisprudencia y que una corte falle a favor de llevar a cabo esta unión, pues ellos son solo aplicadores de la normatividad y no los que legislan o disponen estas leyes, sin embargo, la cercanía de que dichas reglas cambien pudiesen estar a la vuelta del esquina, confirma.

En algunos estados puede realizarse este acto sin ningún problema, pero en lugares como Veracruz las parejas tienen que iniciar un juicio de amparo ante la SCJN para que obligue al Registro Civil a casarlos, la base del amparo es argumentar que es inconstitucional una ley que tiene como fundamento del matrimonio la procreación y que sólo puede realizarse entre hombre y mujer, además que esta ley es discriminatoria.

Después de tantos juicios ganados por el matrimonio igualitario, y dos en el caso de nuestra entidad federativa, la SCJN generó un criterio para resolver por igual todos los amparos interpuestos por las parejas del mismo sexo que quieran casarse, a esto se le llama jurisprudencia. La parte central del documento emitido por la corte dice:

"La ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad del matrimonio es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional".

Según opiniones de los integrantes de este sector que prefirieron omitir sus generales, en la actualidad podría ser más fácil y rápido el camino que llevaría a obtener este derecho por la vía  del amparo, aunque consideran que una de las peticiones que siempre se ha hecho a los artículos estatales es el número 75, para poder gozar así de una plena libertad de uso de esta unión.

Agregaron además que ellos también tienen derechos como cualquier otro ciudadano, pues de igual manera pagan impuestos, contribuyen a la sociedad, además de crear obligaciones en muchos ámbitos, por lo que tendría que reconocerse este sector para dar mayor fuerza a sus demandas, lo que están tratando de hacer con las distintas manifestaciones y solicitudes de respeto no solo a la ciudadanía, sino a todas las autoridades para que volteen sus ojos hacia este grupo.