1 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Mtz.- Inviable, regular leyes a infantes

* Leyes duras a infantes no disminuirán conducta agresiva de menores infractores

* Contenidos televisivos deben ser revisados para su difusión ante los más vulnerables

* Sistemas de readaptación deben ser verificados

Miguel Bautista

Como una situación costosa además de contraproducente podría resultar la modificación de leyes a los procesos o sanciones que deben encarar los menores no solo en un estado sino en todo el país, y es que según medios nacionales la conductora Laura Bozzo pretendía llevar al Congreso de Chihuahua una iniciativa de ley para que se aplicaran penas más severas a infantes con conductas delictivas, por lo que a decir de expertos en el derecho dichas iniciativas encontrarían muchas trabas, además de opinar que serían los contenidos televisivos los primeros que deberían ser revisados.

Julio César Aguilar Palestina, abogado de este municipio explicó que si bien es cierto, la ley en este aspecto puede ser ambigua si tiene principios de notoriedad, ejemplo de ello es que nuestra carta magna expresa en su artículo 33 que los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país, aunque para efectos normativos el hecho delictivo por parte de los mismos se tipifica en el estrado de Veracruz.

La privación de libertad en Centros Especializados para Adolescentes comprendidos en la fracción II del artículo 3 distinguen dos grupos etarios (edad) de adolescentes, primero aquellos que tengan entre 12 y menos de 14 años de edad segundo aquellos que tengan entre 14 y menos de 18 años de edad, por lo cual la sanción no podrá ser menor de cuatro años ni exceder los siete años en caso de que fueran encontrados responsables.

En su experiencia agregó que la ley es muy completa, incluso a sabiendas que las cárceles en nuestro país son las universidades del crimen, ya que la gran mayoría de los presos liberados reinciden en cualquier tipo de delito lo que se trata es en un tiempo designado en la ley no mayor de 7 años se debe enseñar al menor el valor de la libertad pero sobre todo el valor al trabajo.

Expuso que lejos de juzgar a quienes son amplios receptores de información (menores de edad) debería proponerse una ley de regulación de contenido televisivo en las televisiones de canales abiertos, ya que la mayoría de los niños anhela ser lo que ve en la tele hoy en día, “vemos niños que quieren ser narcos y en este caso porque no, hasta secuestradores, porque esta señora Laura no pugna por una regulación de contenido”.

Aclaró que para que una ley sea modificada deben seguirse muchos pasos, en primer lugar si ella quiere proponer una ley debe primero reformar el artículo 33 de la constitución para poder ella hacer la propuesta posteriormente se debe hacer el boceto donde se hagan las modificaciones a ley de responsabilidad juvenil del estado y a su vez hacer una reforma al código único de procedimiento penales para contemplar en sus sanciones a los menores de edad, luego turnarse a la cámara de diputados federal para su lectura y aprobación o en su caso para las correcciones pertinentes y después ponerla a disposición del senado para su aprobación o corrección, dar su punto de vista el poder judicial federal para que haga observaciones y así llegar a la promulgación.

Es un proceso donde se toman los parámetros mencionados con antelación, “la aplicación de la ley corresponde a los órganos judiciales, por lo que una tragedia debería servir para el progreso legislativo y no que sirva para que una persona gane dinero haciendo del dolor de los demás un modo de vivir, por ahí deberíamos de comenzar si queremos que nuestros hijos tengan un desarrollo íntegro nos corresponde a nosotros como padres educarlos en la vida para hacer de ellos hombres de principios, yo creo que para ya no tener más  niños CHRISTOPHER la tipa esta debería mejor solicitar porque se regulen los contenidos televisivos”, concluyó.