· Celebran su segunda reunión las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales
· Valoran los elementos del expediente que presentó el entonces Procurador de Justicia, para dictaminar su viabilidad
Avanza en las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales de la LXIII Legislatura del Estado, el análisis del expediente remitido por la Procuraduría General de Justicia, con la solicitud de Declaración de Procedencia en contra del presidente municipal de Medellín de Bravo, Omar Cruz Reyes, señalado por su presunta responsabilidad en la desaparición y muerte del periodista Moisés Sánchez Cerezo.
Los diputados Carlos Gabriel Fuentes Urrutia, Marco Antonio del Ángel Arroyo y Eduardo Sánchez Macías, presidente, secretario y vocal, respectivamente, de la Comisión de Gobernación, así como Ciro Gonzalo Félix Porras, Domingo Bahena Corbalá y Juan Manuel Velázquez Yunes, presidente, secretario y vocal, respectivamente, de la Comisión de Justicia y Puntos Constitucionales, se reunieron en la sala de juntas “Juan Enríquez”, del Palacio Legislativo.
Durante una segunda jornada de trabajo continuaron con el análisis del expediente PGJ/OP/1052/2015 para dictaminar el caso, con base en los elementos contenidos en los nueve tomos y un disco enviados por el entonces Procurador General de Justicia, hoy Fiscal General del Estado.
Con apoyo de asesores, los legisladores evalúan que la documentación contenga lo previsto en la ley para declarar la procedencia de la denuncia y, de ser así, emitir un Dictamen y remitirlo a la Secretaría General del Congreso del Estado, para que a su vez lo turne a la Comisión Permanente Instructora y continúe el procedimiento.
Conforme al plazo de 72 horas que vence este viernes, los miembros de ambas comisiones buscarán que se cumpla lo previsto en el artículo 19 de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia para el Estado.
Si el denunciado es servidor público, si la denuncia contiene la descripción de hechos que justifique que la conducta atribuida afecta a los intereses públicos fundamentales y a su correcto despacho, y si los elementos de prueba agregados a la denuncia permiten presumir la existencia de la infracción y la probable responsabilidad del denunciado, ameritará iniciar el procedimiento.