29 de Septiembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

En Boca del Río

 

 

 

 

 

Otorgan beneficios fiscales a contribuyentes

A fin de mitigar impacto de la pandemia.            

JOSÉ JUAN GARCÍA/AVC NOTICIAS

VERACRUZ

El ayuntamiento de Boca del Río otorgará diversos beneficios fiscales en apoyo a las medidas de emergencia e impacto económico negativo por la pandemia generada por el virus SARS-CoV2, los cuales serán aplicables en el 2021 a los ciudadanos, autónomos y micro, pequeñas, medianas y grandes empresas establecidas en el municipio.

De acuerdo con las Reglas de Carácter General con el Fin de otorgar Diversos Beneficios Fiscales para el Ejercicio Fiscal 2021, publicadas en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado, los beneficios fiscales tienen como fin contribuir de una forma directa en la mitigación del impacto económico de los contribuyentes que habitan en el municipio de Boca del Río.

De acuerdo con la publicación en la Gaceta Oficial, el ayuntamiento de Boca del Río otorgará siete beneficios fiscales, como, por ejemplo, un beneficio fiscal del 20 por ciento en el importe de la contribución en el impuesto predial; en el impuesto sobre traslación de dominio de bienes inmuebles no se cobrará el certificado de valor catastral; y se otorgará un beneficio fiscal del 50 por ciento del importe de la contribución resultante por Derechos por servicios de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos.

En el rubro de Derechos por Registro y Refrendo anual de toda Actividad Económica y Comercial se contemplan cuatro acciones: beneficio fiscal del 50 por ciento del importe de la contribución resultante para el registro inicial; beneficio fiscal del 50 por ciento del importe de la contribución resultante sobre los derechos por refrendos anuales a los establecimientos; beneficio fiscal del 100 por ciento del importe de la contribución resultante para el permiso provisional por venta de bebidas alcohólicas siempre y cuando se encuentren al corriente al mes de abril de 2021; y beneficio fiscal del 100 por ciento del importe de la contribución resultante para el derecho por ejercer comercio en la vía pública (ambulante) comprobando que esté registrado en el padrón de comercio al mes de marzo de 2021.

En cuanto al Derecho por Servicios de Panteones, el apoyo fiscal consistirá en descuentos del 50 por ciento, beneficio preferencial de 1 UMA en su caso media UMA por derechos de contrato, construcción de bóveda, así como de exhumación, inhumación, colocación de monumentos y pago de derechos por contrato de nicho.

Además, por Derechos y Aprovechamientos en materia de Tránsito, se otorgará un beneficio fiscal del 50 por ciento en multas al Reglamento de Tránsito, exceptuando aquellas establecidas en los artículos 184 y 188 del Reglamento de Tránsito Municipal.

Y por Derechos por Servicios prestados en materia de Protección Civil, se otorgará un beneficio fiscal del 50 por ciento por la emisión de dictámenes técnicos y anuencias de instalaciones públicas y privadas de bajo riesgo.

Cabe mencionar que el ayuntamiento de Boca del Río suspenderá los procedimientos administrativos de ejecución de créditos fiscales durante el periodo de vigencia de las reglas generales y también las multas fiscales y recargos municipales se descontarán un 100 por ciento, así como un beneficio fiscal del 100 por ciento para los contribuyentes que cuenten con recargos, en los impuestos, derechos y aprovechamientos, esto no aplicable a multas federales.


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