26 de Septiembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Corresponde a Veracruz y Medellín revocar concesión a Grupo MAS

 

 

 

 

 

La penalización por cancelar el contrato va en proporción a la inversión anunciada.

 

ISABEL ORTEGA/AVC

XALAPA

 

Corresponde a los ayuntamientos de Veracruz y Medellín de Bravo revocar la concesión que otorgó la LXIII legislatura a Grupo Metropolitano del Agua (MAS), para lo que se tendrá que comprobar el incumplimiento de los acuerdos firmados con la concesionaria.

 

La diputada Mariana Dunyaska Rojas, recordó que el tema no es competencia del Ejecutivo del Estado, ni de la próxima Cámara local. Antes de tomar alguna decisión se tiene que revisar el trabajo de Grupo Mas, y si se incumplió con algunas de las cláusulas del contrato.

 

“Lo que el gobernador electo plantea en materia de grupo MAS, es un proceso que desconoce, ya que el ámbito de acción para poder desaparecer o quitar el título de concesión a Grupo MAS está en el poder de los Ayuntamientos.

 

“Para la recisión del Contrato, se tiene que llevar a cabo el proceso acorde al Código de Procedimientos Administrativos y una revisión y comprobación de las faltas en las que se está incurriendo, para que se tengan elementos legales y certeros”, opinó.

 

La penalización por cancelar el Contrato es muy alta, pues va en proporción a la inversión que anunció Grupo MAS de 11 mil millones de pesos, por lo que el municipio no puede simplemente cancelar el acuerdo de prestación de servicio de agua potable y la mejora en la red de drenaje y alcantarillado.

 

El título de concesión, establece en su artículo 49, que para disolver la sociedad las causales son: por expiración en los términos fijados en los estatutos, por imposibilidad de seguir realizando el objetivo principal de la sociedad o por quedar consumado.

 

Porque haya un solo accionista, por la pérdida de las dos terceras partes del capital social; por la reducción del capital social fijo o una cantidad inferior al mínimo legal, o por acuerdo de la Asamblea General de Accionistas.

 

Para la liquidación de la sociedad, el artículo 50 de la concesión, establece que los liquidantes mantendrán en depósito, durante diez años después de la fecha en la que se concluya la liquidación, los libros y papel de la sociedad.

 

Las minorías que representen un diez por ciento del capital social podrán nombrar un liquidador, y a la liquidación de la sociedad de la administración de los servicios de agua y saneamiento será retomada por el Sistema de Agua y Saneamiento Metropolitano de Veracruz y Medellín.

 

Al plantear los montos de la penalización y perjuicios a la empresa, los Ayuntamientos y los ciudadanos, puso de ejempló que en este momento el municipio de Minatitlán deberá pagar más de 600 millones de pesos por rescindir el contrato con un particular, para la recolección de basura.

 

“Hubo un procedimiento mal aplicado de recolección de basura en Minatitlán (…) hoy Mina está pagando 670 millones de pesos a una empresa de basura, por falta de cuidado y no llevar el procedimiento legal. Ya lo determinaron en Tribunales”.

 

En ese sentido, dijo, los municipios deben ser cuidadosos de justificar la cancelación de la concesión, de lo contrario la penalización sería millonaria.


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