22 de Noviembre de 2024
Director Editorial Lic. Rafael Melendez | Director General - Dr. Rubén Pabello Rojas

Buscan garantizar transparencia

 

Dicha minuta fue remitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. Esta reforma pretende establecer en el texto constitucional federal los principios y las bases a las que deben sujetarse la Federación, los estados y el Distrito Federal, para el ejercicio del derecho de acceso a la información.

De manera significativa, la minuta en estudio plantea la creación de un organismo autónomo, especializado y colegiado, integrado por siete personas nombradas por el Senado de la República, previa realización de una consulta ciudadana. Éste sería el responsable de garantizar en el ámbito federal el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, regido en su funcionamiento por los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y máxima publicidad.

De acuerdo con las reformas y adiciones propuestas en el Artículo Sexto constitucional, el organismo referido, que contaría también con un Consejo Consultivo, emitiría resoluciones que tendrían el carácter de vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados, y conocería de los recursos que interpongan los particulares respecto de las resoluciones de los organismos autónomos especializados de los estados y el Distrito Federal que determinen la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de la información, y podría igualmente conocer, de oficio o a petición de algún organismo local, los recursos de revisión que por su interés y trascendencia así lo ameriten.

Por otra parte, en el proyecto de Decreto en mención se plantea, mediante la adición de dos fracciones al artículo 73, facultar al Congreso de la Unión para expedir las leyes generales reglamentarias que desarrollen los principios y bases en materia de transparencia gubernamental, acceso a la información y protección de datos personales en posesión de las autoridades, entidades, órganos y organismos gubernamentales de todos los niveles de Gobierno, así como la ley general que establezca la organización y administración homogénea de los archivos en los órdenes federal, estatal, del Distrito Federal y municipal, que determine las bases de organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Archivos.

Asimismo, en el proyecto de reforma constitucional se propone, a través de la adición de una fracción al artículo 73 y de la reforma de una fracción del 89, facultar al Senado para nombrar a los comisionados del organismo garante del derecho de acceso a la información y al Presidente de la República para objetar dichos nombramientos, respectivamente; de igual modo, con las reformas a las fracciones I y II del artículo 105, dar competencia al citado organismo para promover controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad, lo que, en este último caso, también podrían hacer los organismos locales.

Por cuanto hace a las reformas y adiciones de los preceptos del Título relativo a las responsabilidades de los servidores públicos, en la minuta proyecto de decreto analizada se propone incluir, mediante la reforma del artículo 108, a los miembros de los organismos autónomos de las entidades federativas en el listado de funcionarios locales que podrían resultar responsables por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales y, con las modificaciones de dos párrafos del artículo 110, señalarlos, al igual que a los comisionados del organismo garante como posibles sujetos de juicio político, otorgándoles también fuero constitucional.

También se propone señalar el establecimiento de organismos autónomos, especializados, imparciales y colegiados, responsables de garantizar el derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, conforme a los principios y bases establecidos por el artículo sexto de la Constitución y la ley general que emita el Congreso de la Unión para fijar las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de este derecho.

También, en esta sesión, se aprobó un dictamen por el que se autoriza al Ayuntamiento de Boca del Río a realizar una permuta de una fracción de terreno de propiedad municipal por otras dos pertenecientes a la inmobiliaria Angre SA de CV, lo cual fue cuestionado por el diputado Fidel Robles, quien dijo que ese terreno permutado se usará para que esta empresa construya un fraccionamiento con el cual están en riesgo los humedales.

Dijo que la citada inmobiliaria es propiedad de la familia Chedraui, la cual también tiene ahí fraccionamientos, por lo que permitió poner en duda a esta permuta, la cual —presumió— tendría como objetivo ser una forma de ayudar a la continuidad de la construcción de fraccionamientos sobre suelos de humedales que debieran ser sitios Ramsar, de conservación y protección.


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